martes, 24 de octubre de 2017

EL BANCO DE LA REPÚBLICA SE PRONUNCIA FRENTE A LAS CRIPTOMONEDAS

El Banco de la República de Colombia, institución bancaria central del mencionado país, emitió un documento donde se reflejan los conceptos de las criptomonedas y se analizan las diversas experiencias regulatorias, tecnológicas y de mercado al respecto, haciendo incluso comparaciones entre las diferentes disposiciones regulatorias surgidas a lo largo del mundo.
El documento es autoría de Carlos A. Arango-Arango y Joaquín F. Bernal-Ramírez, investigadores de la Subgerencia de Sistemas de Pago y la División de Operaciones Bancarias de la entidad. A su vez, cuenta con la contribución de los codirectores Ana Fernanda Maiguascha y Gerardo Hernández. Igualmente, los aspectos jurídicos comparativos internacionales fueron realizados por Marija Drazic, abogada.
Las criptomonedas pueden ser almacenadas en cualquier dispositivo computacional y transferidas  por internet con un alcance global en cuestión de minutos. Esto ha dado pie al desarrollo de intermediarios especializados que ofrecen toda clase de servicios, desde ser casas de cambio, hasta ofrecer instrumentos similares a las cuentas de depósito en CM y servicios de negociación (tipo bolsa) para sus clientes, así como la emisión y negociación de derivados financieros sobre estas monedas, entre otros.
Banco de la República
Colombia
Seguidamente, la institución hace algunas consideraciones acerca del impacto del surgimiento de las criptomonedas en la creación de políticas regulatorias y públicas.
En primer lugar, aunque no las definen especificamente como monedas, sí señalan que las criptomonedas son activos digitales que pueden ser utilizados como método de pago y mecanismos de resguardo de valor. En segunda instancia, tienen alcance internacional y global, funcionando como un método de pago. Tercero, la poca trazabilidad de los movimientos de las criptomonedas podrían presentar retos importantes para su fiscalización, pues podrían ser empleadas para lavar dinero y financiar el terrorismo. La cuarta consideración se basa en el seguro hecho de que las criptomonedas pueden alterar la intermediación financiera, desde el punto de vista monetario, cambiario y de estabilidad financiera. Por último, el banco asegura que la tecnología blockchain, dado su carácter descentralizado, brinda oportunidad para crear aplicaciones en el sector público y privado.
Según el concepto brindado por el banco, para que un activo pueda resguardar valor y ser intercambiable, este debe ser fungible, divisible, durable, fácil de verificar, difícil de falsificar, portable y fácil de transferir. Marcando una diferencia con respecto a las monedas oficiales y los activos privados que cuentan con el respaldo de entidades financieras avaladas por el estado, indican que las criptomonedas no cuentan con este tipo de respaldo en orden de que son emitidios de manera anónima.
Posteriormente, elaboran un concepto de “moneda virtual” que comprende una variedad de activos, como los cupones digitales, millas o minutos de telefonía móvil, así como las monedas de plataformas sociales y videojuegos. Igualmente, aquellas que están vinculadas a algún activo físico como las acciones bursátiles y metales preciosos. Luego, incluyen a criptomonedas como bitcoin, cuyo valor intrínseco señalan, es nulo. Como punto destacable, señalan que las criptomonedas no son reconocidas como divisas según la definición del Fondo Monetario Internacional (FMI), pues no son emitidas por un gobierno soberano.
Sin embargo, señalan que su valor depende de la confianza en los atributos de las mismas:
El valor de las CM deviene de la posibilidad de ser aceptadas en el intercambio por bienes, servicios, el pago de obligaciones o en la adquisición de monedas de curso legal o activos financieros, y de la estabilidad de su valor en el tiempo (Velde, 2013). En otras palabras, su valor depende de la confianza que los participantes tengan sobre la calidad presente y futura de sus atributos para ser ampliamente aceptadas como medio de pago, depósito de valor y unidad de cuenta frente a otras alternativas similares.
Banco de la República
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Luego, hacen un resumen del estatus regulatorio a nivel mundial, comparando a los diferentes países y sus adelantos legislativos en cuanto al ecosistema blockchain y de criptomonedas.
En el caso de Colombia, se refieren al comunicado del 1 de abril de 2014 emitido por la autoridad monetaria, en el que se señala que el peso colombiano es la única moneda y método de pago reconocido como de curso legal por el país, pues está emitido por el Banco de la República.
“El bitcoin no es una moneda en Colombia y, por lo tanto, no constituye un medio de pago de curso legal con poder liberatorio ilimitado. No existe entonces obligatoriedad de recibirlo como medio de cumplimiento de las obligaciones. (…)”, reza el comunicado entonces hecho público. También, señalan que las criptomonedas no son reconocidas por el régimen cambiario como divisa, pues no cuenta con el respaldo de los bancos centrales de otros países.
El documento concluye que, en vista de que no existe consenso en cuanto a la regulación de este mercado, los riesgos deben ser asumidos en su totalidad por quienes inviertan en criptomonedas. A su vez señalan que uno de sus riesgos es la alta volatilidad de sus precios y que no tienen tanto alcance como otros métodos de pago.
Los esquemas de criptomonedas presentan ventajas potenciales en términos de menores costos de tenencia y transferencia de riqueza en ciertos nichos del mercado de servicios de pago, tanto nacional como internacionalmente. Sin embargo, la volatilidad en el precio de las CM, su limitada adopción y aceptación, los altos riesgos, tanto para participantes especializados como para pequeños usuarios, y el ser operadas por agentes privados de manera anónima, hace que las CM sean, hasta el momento, muy limitadas como medio de pago y depósito de valor, y de poca relevancia frente a los volúmenes transaccionales de sistemas de pago tradicionales con presencia global, como las tarjetas de crédito, y frente a las tenencias mundiales de monedas de curso legal, como el dólar.
Banco de la República
Colombia
En Colombia han estado ocurriendo interesantes movimientos que tienden a la adopción de las criptomonedas, aunque las autoridades han sido precavidas. Recientemente, con motivo de la instalación de un cajero Bitcoin en la localidad de Pereira, el Superintedente Financiero de Colombia, Jorge Castaño, alertó sobre los riesgos de perder la inversión realizada al comprar criptomonedas. Castaño declaró con respecto de este tema, señalando que las estafas de presuntas inversiones de criptomonedas no tienen respaldo ni protección del gobierno.
También, el Banco de la República se unió al consorcio R3CEV para estudiar la transferencia de valores vía blockchain, lo que sin duda es una gran demostración de que a pesar de la ausencia del marco legal de criptomonedas, las instituciones tienen disposición de hacer las cosas mejor. Con mayor frecuencia se tienen noticias de ese país por lo que ha destacado en la región como pionero de las criptomonedas junto a Brasil y Argentina. Eventos, conferencias, reuniones y comentarios surgen todas las semanas, prometiendo un brillante futuro en la región.

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